La verificación de documentos que reposan en la entidad
No constituye un mecanismo para acreditar factores que otorgan puntaje.La aplicación del artículo 9 del Decreto Ley 019 de 2012, que prohíbe exigir documentos que ya reposan en la entidad, no exime al proponente de acreditar oportunamente los factores de evaluación ni autoriza a la administración a completar la oferta con fundamento en la información que obra en sus archivos. Una interpretación distinta trasladaría a la entidad una carga que corresponde al oferente y haría depender la asignación del puntaje de actuaciones realizadas durante la evaluación, con incidencia en los principios de igualdad, transparencia y selección objetiva.