Últimas Noticias:

Arreglo directo en la contratación estatal

Terminación del proceso administrativo sancionatorio. Decisión discrecional.

Si la entidad estatal contratante y el contratista formalizan un arreglo directo, en el que se definen las pautas mínimas, cláusulas y determinaciones necesarias con el fin de solucionar de manera directa las controversias, será la entidad contratante, dentro de la potestad reconocida en el literal d) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 si decide archivar o cerrar el procedimiento administrativo sancionatorio de carácter contractual si por cualquier medio tiene conocimiento de la cesación de incumplimiento, o si considera que, en virtud de los hechos presuntamente incumplidos, se mantenga el proceso sancionatorio de carácter contractual o se inicie un nuevo procedimiento.

Leer más

Acuerdos de Niveles de Servicio ANS

El debido proceso y su aplicación automática.

La aplicación de los descuentos derivados de los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) no exige, en todos los casos, la tramitación del procedimiento sancionatorio previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, pudiendo operar de manera automática. Ello dependerá de su naturaleza, cuando se trate de mecanismos de carácter compensatorio y no sancionatorio, debiéndose garantizar, en todo caso, el debido proceso conforme al procedimiento previamente pactado por las partes.

Leer más

Competencias de los concejos municipales

La autorización para contratar es excepcional y no implica coadministración.

Si bien el concejo municipal cuenta con funciones específicas de autorización para la celebración de contratos y la adopción de los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social, ello no le otorga la facultad para expedir acuerdos u otros instrumentos normativos orientados a regular aspectos propios de la contratación estatal tenientes a definir requisitos habilitantes, a asignar puntajes específicos y en general, a establecer las reglas conforme a las cuales debe adelantarse los procedimientos de contratación.

Leer más

La selección objetiva en el concurso de méritos

Criterios técnicos y experiencia como factores determinantes.

Las entidades del Estado pueden establecer criterios de evaluación asociados a la experiencia específica en los procesos de selección de consultores o interventores, siempre que dichos criterios respondan al principio de selección objetiva y permitan comparar efectivamente las ofertas mediante parámetros objetivos, verificables, adecuados y proporcionales al objeto contractual; en consecuencia, la entidad deben evitar la utilización de mecanismos de acreditación basados exclusivamente en manifestaciones subjetivas del proponente o en calificaciones cualitativas no estandarizadas o que no proporcionen mecanismos que permitan su comparación, y deben definir en los pliegos de condiciones criterios claros, medibles y verificables que no generen barreras injustificadas a la participación ni afecten la igualdad entre los oferentes.

Leer más

Facultad de terminación unilateral en contratos regidos por el derecho privado

Debe respetar los principios de buena fe y evitar el abuso del derecho.

La terminación unilateral de contratos, aunque válida y lícita como expresión de la autonomía de la voluntad, está sujeta a límites legales y contractuales. Su ejercicio no puede implicar un abuso de derecho ni una violación al principio de buena fe. Es necesario que la parte que ejerce esta facultad informe previamente su intención de terminar el contrato y otorgue un plazo razonable para que la otra parte pueda subsanar la situación presentada.

Leer más

Excepción de contrato no cumplido

Exige verificar una relación de causalidad.

La excepción de contrato no cumplido constituye un mecanismo de defensa propio de los contratos bilaterales que permite a una de las partes abstenerse legítimamente de cumplir sus obligaciones mientras la otra no haya cumplido las suyas o no se allane a hacerlo en la forma y tiempo debidos. El fundamento de esta figura radica en la interdependencia de las prestaciones recíprocas y en la buena fe, fijando que quien pretende exigir el cumplimiento del otro debe, a su vez, haber satisfecho sus deberes o estar en la posición real y seria de hacerlo. Por ello, este medio exceptivo solo procede cuando se acredita, los siguientes tres (3) Elementos:

Leer más

Inclusión de personas con discapacidad

Se redefine el sistema de incentivos.

El Gobierno Nacional redefinió, mediante decreto, los incentivos en la contratación pública asociados a la inclusión de personas con discapacidad, a través de un sistema que abarca todas las fases del proceso de selección y ejecución contractual e incorpora medidas en la habilitación, evaluación y control, orientadas a facilitar la participación de las personas con discapacidad. A continuación, se presentan las principales modificaciones introducidas al Decreto 1082 de 2015.

Leer más